Kenia. Cuando un candidato está acusado de crímenes graves…

25/02/2013 | Noticias

El viernes 15 de febrero de 2013, el Tribunal Superior de Kenia finalmente adoptó una decisión sobre la idoneidad del candidato presidencial de la Alianza Jubileo, Uhuru Kenyatta, para participar en las elecciones del 04 de marzo. En su veredicto, el panel de cinco jueces señaló que la Corte carecía de competencia para conocer de las cuestiones de calificación o descalificación de candidatos a la presidencia. El Tribunal consideró, en cambio, que sólo la Corte Suprema tiene jurisdicción exclusiva sobre la materia.

Esta decisión allana el camino para Kenyatta, vice primer ministro en este gobierno, y su compañero a la vicepresidencia, William Ruto, un ex ministro del gabinete, para presentarse como presidente y vicepresidente, respectivamente.

Elogiado por algunos como una decisión jurídica correcta y apropiada, dado el actual contexto político de Kenia y su sensibilidad, el fallo tiene también opiniones en contra y algunos sostienen que el Tribunal Superior no debería haber escuchado y desestimado el caso si estaba fuera de su jurisdicción. Otros han observado que la decisión ha diluido los estándares de liderazgo e integridad según lo dispuesto en el capítulo seis de la nueva Constitución de Kenia. Aún no está claro si el asunto será elevado a la Corte Suprema.

Este asunto se presentó ante el Tribunal Supremo porque Kenyatta y Ruto tienen casos pendientes ante la Corte Penal Internacional (CPI) por su papel en la violencia que siguió a las elecciones de 2007-08, que dejó más de 1.100 personas muertas y más de 150.000 desplazados internos. La intervención de la CPI en Kenia se vio impulsada por el Fiscal de la CPI después del fracaso de Kenia en tomar medidas contra los principales responsables de la violencia. Es importante tener en cuenta que la CPI es un tribunal de última instancia y sólo interviene cuando un Estado no está dispuesto o es incapaz de responder a los casos en que se han cometido crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra.

Kenyatta y Ruto deberán comparecer en La Haya el 11 de abril -un poco más de un mes después de las elecciones de Kenia- y ambos hasta el momento han manifestado su voluntad de cooperar con la CPI. Según el fallo del Tribunal Superior, a pesar de que Kenyatta y Ruto tienen casos ante la Corte Penal Internacional, no son más que sospechosos en esta etapa y tienen el derecho a un juicio justo. En ese sentido, la cuestión de la integridad o la falta de legitimidad para postularse para un cargo público no pueden tener efecto ya que se presume su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.

En cuanto a posible elección de Kenyatta como presidente, las preguntas correctas son: ¿qué significa este caso para la Corte Penal Internacional y para Kenia como país? ¿Podría Kenyatta y su adjunto dirigir el país durante su participación efectiva en los procesos de la CPI en La Haya? ¿Cuál sería la reacción de la comunidad internacional y las repercusiones diplomáticas si fuera elegido presidente Kenyatta? ¿Y si la elección es muy reñida, y ninguno de los candidatos logra el total de votos requeridos, con el resultado de que la segunda vuelta coincide con la primera aparición del acusado en La Haya?

La comunidad internacional ha mostrado cada vez más interés en el resultado electoral, con las embajadas occidentales en Nairobi en alerta especial por las posibles repercusiones violentas de las elecciones. Si gana Kenyatta, Kenia se convertirá en el segundo país después de Sudán en tener un juicio contra su presidente frente a la CPI. El liderazgo del país podría encontrarse en una situación difícil a la hora de tramitar los asuntos de gobierno a nivel internacional. En el plano interno, Kenyatta y Ruto tendrían que viajar a La Haya para asistir periódicamente a actuaciones de la Corte, lo que podría crear un vacío de poder. Sin embargo, los dos sugirieron que no tendrán problemas en el gobierno en “un mundo tecnológico moderno con mensajes de correo electrónico, Skype y Twitter”. Esto resuena en la plataforma de campaña de Kenyatta y Ruto presentándolos como artífices de un liderazgo joven, conocedores de la tecnología, aunque en la práctica puede que esto no sea tan sencillo de lograr.

Con respecto a una posible segunda vuelta coincidiendo con la comparecencia de Kenyatta y Ruto en La Haya el 11 de abril, no está claro lo que esto significaría para la candidatura de Kenyatta y si su ausencia en la contienda política podría dar lugar a la violencia política. En general, las posibilidades de violencia política parecen estar disminuyendo tras el referéndum pacífico en 2010, que dio lugar a la promulgación de la nueva Constitución. Las diversas reformas adoptadas incluyen la modernización de la justicia, el establecimiento de la División de Crímenes Internacionales de la Corte Suprema (CIE), la reforma del servicio de policía y el establecimiento de la Comisión Electoral Independiente y de Fronteras (IEBC) y la Agencia de Protección de Testigos (WPA).

La intervención de la Corte Penal Internacional tiene también, hasta cierto punto un nuevo impulso en los procesos de hacer frente a la impunidad en Kenia. Las principales formaciones políticas han sugerido públicamente que ellos han aprendido las lecciones del resultado mortal de las elecciones de 2007-08. Ahora que Kenia ha establecido una división, que tiene el mandato para juzgar los crímenes internacionales, así como la División de Amenazas Transnacionales en la Oficina del Director del Ministerio Público, éste debe enviar señales de advertencia para quienes estén pensando en fomentar la violencia durante las próximas elecciones. Una presidencia de Kenyatta también podría reavivar el debate sobre si los jefes de estado deben poder beneficiarse de la inmunidad, especialmente dentro de la Unión Africana (UA). Puede ser una nueva oportunidad para Kenia de fomentar una retirada en masa de la Corte Penal Internacional, aunque esto no afectaría a los actuales casos ante la Corte. Al mismo tiempo, Kenia podría revivir la unidad para asegurar un aplazamiento del Consejo Seguridad de la ONU de los casos de la CPI contra Kenyatta y Ruto, que la UA ha llevado a cabo con relación al caso de la CPI contra el presidente sudanés, Omar al-Bashir.

También es probable que esta evolución renueve el impulso para que los tribunales regionales estén facultadas para ocuparse de los crímenes internacionales, y en concreto la finalización del proyecto de protocolo modificado que extienda la jurisdicción de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos.

En general, en caso de ganar Kenyatta, esta será la primera vez que una persona en la Corte Penal Internacional es elegida para el puesto de la primera magistratura de un país. Como los kenianos van a votar, vale la pena considerar las cuestiones planteadas aquí y lo que significan para la justicia internacional y para las víctimas de delitos graves, especialmente para los afectados por la violencia postelectoral 2007-08 en Kenia. La intervención de la CPI en Kenia ha contribuido a diversas reformas y procesos en ese país. Queda por ver si el impulso positivo se puede sostener después de las próximas elecciones.

(ISS, Institute for Security Studies, 25 -02-2013)

Noticia seleccionada y traducida por Eva Estaun, española residente en Nairobi.

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