El gobierno de Guinea Ecuatorial ha decretado la creación de su Registro Nacional de Buques y deroga el sistema de abanderamiento basado en comisionados marítimos del registro exterior de buques, para cumplir con el convenio de las Naciones Unidas sobre el derecho marítimo internacional.
Dicha disposición determina la obligación de todo Estado de ejercer de manera efectiva su jurisdicción y control en ámbitos administrativos, técnicos y sociales sobre los barcos que embarquen su pabellón, en el que ha de figurar los nombres y características de las naves, en consonancia también con el código comunitario de la Marina Mercante de la Comunidad Económica y Monetaria de África Central, Cemac, que define la nacionalidad, matrícula y las características y condiciones en las que se encuentra el buque, informa la página oficial del Gobierno.
Asimismo, la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo especializado de la ONU que promueve la cooperación entre los Estados y la industria global de transporte marítimo para mejorar la seguridad marítima y prevenir la contaminación, de la que es miembro Guinea Ecuatorial, precisa determinadas condiciones para la implantación, desde los convenios relativos a la seguridad de la vida humana en el mar hasta la lucha y prevención de la contaminación marítima.
En dicho contexto, el Gobierno ecuatoguineano, ordena a partir de ahora los servicios vinculados con la navegación con incidencia directa sobre la seguridad en el mar y las relaciones humanas internacionales, con el fin de dar cumplimiento a las exigencias emanadas de los aludidos acuerdos multilaterales.
El Ejecutivo comunica que anula todos los contratos de registro de buques firmados en el país y los comisionados marítimos de registros exteriores de buques, en tanto que a los buques que ostentan el pabellón y matrícula de Guinea Ecuatorial, y les concede un plazo improrrogable de seis meses, a partir de la fecha de publicación del decreto en los medios de comunicación locales, para que regularicen su situación ante el ministerio de Transportes, Tecnología, Correos y Telecomunicaciones. Transcurrido dicho plazo, no podrán enarbolar la bandera ni lucir la matrícula nacional, y quedarán por tanto expuestos a las responsabilidades penales, civiles y administrativas que hubieren lugar en derecho.
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(Fundación Sur)