Sistema de Vigilancia de Armas Nucleares

12/06/2019 | Documentos R+JPIC

El Tratado para la Prohibición de las Armas Nucleares (TPNW, por sus siglas en inglés), adoptado el 7 de julio de 2017 por 122 Estados, reafirma la visión de un mundo libre de armas nucleares. Este Tratado codifica normas y acciones necesarias para crear y mantener un mundo libre de armas nucleares: prohíbe a los países firmantes desarrollar, ensayar, poseer, almacenar, utilizar armas nucleares y amenazar con su uso, además de ayudar, alentar o inducir dichas actividades prohibidas. Proporciona, asimismo, un sistema de referencia que permite comprobar el progreso hacia la eliminación de las armas nucleares.

El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares mide los avances en materia de firma, adhesión, aplicación y universalización del Tratado, además de evaluar el nivel de cumplimiento de las obligaciones básicas del mismo en las políticas y prácticas de los Estados. El término «cumplimiento» hace referencia, en términos generales, a la compatibilidad de la conducta de cada Estado con las prohibiciones establecidas en el Tratado, independientemente de que se hayan adherido al mismo o no. Uno de los objetivos principales del informe es destacar actividades específicas que deberán interrumpirse para que la ONU logre crear un mundo libre de armas nucleares.

En 2018 el conjunto de los nueve Estados poseedores de armas nucleares contaba, aproximadamente, con 14500 ojivas nucleares. El número total de armas nucleares existentes se redujo de forma drástica desde el pico alcanzado en 1986, cuando había en torno a 70000 ojivas. No obstante, la cantidad de armas nucleares en el mundo (o en el arsenal de cualquier Estado) es solo un aspecto de la «carrera armamentística». Hay otros indicadores a tener en cuenta, como la potencia de cada ojiva, el volumen de fondos invertidos en sistemas y tecnologías de armas nucleares y la precisión y naturaleza de sus sistemas de distribución. Los nueve Estados poseedores de armas nucleares están embarcados en importantes procesos de modernización de sus arsenales. A lo largo de los últimos años hemos experimentado un aumento de amenazas manifiestas de ataques nucleares; en varias ocasiones el mundo ha estado a punto de sufrir guerras y accidentes nucleares debido a malentendidos, errores técnicos o falta de comunicación.

La estrechez intelectual que la disuasión nuclear supone ha impedido que los Estados aprendan de estas experiencias y, por extensión, que busquen soluciones políticas sostenibles.

El Tratado entrará en vigor 90 días después de que 50 países completen su ratificación o adhesión. A fecha del 20 de octubre de 2018, 13 meses después de que el Tratado se abriera para la firma, 70 Estados habían firmado o se habían adherido al mismo: 69 lo habían firmado, 18 de los cuales también lo habían ratificado; las Islas de Cook también se adhirieron. Es necesario que se adhieran 31 Estados más para que se ponga en marcha la entrada en vigor. La tasa de adhesión al Tratado es superior a la de cualquier otro tratado sobre armas de destrucción masiva (ADM), por lo que es posible que el Tratado entre en vigor pronto. Por otro lado, el número de Estados que han firmado el Tratado tras 13 meses es inferior al de otros tratados sobre ADM.

El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares identifica 127 Estados que apoyan el Tratado; es decir, más de tres quintos de los Estados del mundo. Esta cifra incluye tanto los 70 Estados que ya han firmado o se han adherido al Tratado como los 57 que todavía no lo han firmado, pero que votaron a favor de adoptarlo en la sede de la ONU en julio de 2017. Además de en Europa el Tratado recibe mucho apoyo en todas las regiones. Entre los detractores encontramos Estados que se oponen abiertamente y otros que todavía no se han posicionado.

El Sistema de Vigilancia para la Prohibición de las Armas Nucleares, que clasifica a los Estados a partir de sus políticas en materia de armas nucleares, constata que las estrategias de seguridad ajenas a las armas nucleares son la norma, no la excepción. En la actualidad 157 Estados —cuatro quintos de los 197 Estados del mundo— han rechazado utilizar las armas nucleares en sus políticas de seguridad; esta cifra incluye a los 127 defensores del Tratado y a otros Estados no poseedores de armas nucleares. Solamente 40 Estados —un quinto del total— basan su seguridad de forma explícita en la posesión y potencial uso de armas nucleares, a saber: los nueve Estados poseedores de armas nucleares (China, Estados Unidos, Francia, India, Israel, Pakistán, Reino Unido, la República Popular Democrática de Corea y Rusia) y 31 Estados categorizados como «Estados favorables a las armas nucleares».

Los Estados favorables a las armas nucleares son: Albania, Alemania, Armenia, Australia, Bélgica, Bielorrusia, Bulgaria, Canadá, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República de Corea, Rumanía y Turquía. Estos han preferido no desarrollar armas nucleares y depender de la posesión y uso potencial de las mismas por parte de Estados poseedores de armas nucleares (lo que se denomina «paraguas nuclear»). Al basar su seguridad en la posesión continuada de armas nucleares de sus aliados funcionan como habilitadores de armamento nuclear y, por ende, son responsables de la perpetuación de los riesgos nucleares. Podríamos describirlos por lo tanto como Estados poseedores de armas nucleares «en la sombra», ya que su papel en la prevención de un mundo libre de armas nucleares no había captado mucha atención antes de la adopción del Tratado. En Estados Unidos, Francia y Reino Unido suelen justificar el aumento de gasto en armas nucleares como una manera de «tranquilizar» a sus aliados o cumplir «compromisos de disuasión».

En cuanto al cumplimiento del Tratado el panorama no es muy distinto. El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares ha constatado que 155 Estados desarrollan políticas y prácticas en cumplimiento del Artículo 1 del Tratado relativo a las prohibiciones. Dichos Estados ya han firmado o se han adherido al Tratado o podrían hacerlo sin problemas en conformidad con del Artículo 1. Consideramos que dos de los 157 Estados que rechazan utilizar las armas nucleares en sus políticas de seguridad —Kazakstán y las Islas Marshall— presentan un cumplimiento incierto de las obligaciones estipuladas tanto en sus respectivos acuerdos sobre zonas libres de armas nucleares como en el Tratado. Ambos Estados albergan zonas en las que se efectúan ensayos periódicos con misiles diseñados específicamente para transportar ojivas nucleares. Si bien ambos Estados pueden firmar y ratificar el Tratado deberán modificar sus políticas y prácticas para entrar en cumplimiento del mismo.

El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares constata que, en la actualidad, una minoría de 40 Estados muestran un comportamiento que contraviene una o más de las prohibiciones del Artículo 1. Los Estados no conformes son los nueve que poseen armas nucleares y los 31 favorables mencionados anteriormente. Estos últimos también podrán firmar y ratificar el Tratado, pero deberán indudablemente cambiar sus políticas y prácticas para entrar en cumplimiento. Europa es la región que cuenta con más Estados cuyas prácticas y políticas contravienen el Tratado; África es la única región con la totalidad de sus Estados conformes al Tratado.

El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares estipula interpretaciones inequívocas de los siete incisos del Artículo 1. El Artículo que genera más discusión y debate de todas las provisiones del Tratado es el 1 (e), que prohíbe a los Estados ayudar, alentar o inducir de cualquier manera a nadie a realizar cualquier actividad prohibida a los Estados partes en virtud del Tratado. Es, asimismo, la prohibición que genera oposición en más Estados. La retención de armas nucleares por parte de los Estados poseedores de las mismas es posible de varias maneras, sobre todo gracias a la colaboración de los Estados europeos. El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares concluye que ningún aspecto del Tratado descarta formar parte de alianzas militares que incluyen uno o más de un Estado poseedor de armas nucleares, o de operaciones militares conjuntas con estos Estados, siempre y cuando no implique ayudar o alentar a los mismos a participar en actividades prohibidas. Es perfectamente compatible ser miembro de este tipo de alianzas y estar adherido al Tratado. Sin embargo, el Tratado sí prohíbe a los Estados alentar o inducir a sus aliados poseedores de armas nucleares a continuar con la posesión, las pruebas y el uso de armas nucleares. Para estar en conformidad con el Tratado los Estados no poseedores de armas nucleares deben renegar de cualquier posesión o uso de armas nucleares en su nombre.

El Sistema de Vigilancia de la Prohibición de las Armas Nucleares contiene «perfiles de Estado» para los 197 Estados del mundo. Están clasificados en función de sus políticas básicas relativas a las armas nucleares, con secciones específicas para los partidarios del Tratado, los 30 Estados no poseedores de armas nucleares, los 31 Estados favorables a las armas nucleares y los nueve Estados poseedores de armas nucleares. Los perfiles recogen un resumen del estado del Tratado y su cumplimiento en cada Estado, además de otros factores clave. Se hacen recomendaciones de medidas prácticas para cada Estado.

Norwegian People’s Aid

(Resumen del informe Nuclear Weapons Ban Monitor 2018)

nuclear_weapons_ban_monitor_2018.jpg

Fuente: Comisión General de Justicia y Paz

[Fundación Sur]


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