Situación de Mali: un verdadero falso regreso al orden constitucional

26/04/2012 | Opinión

Con un estrépito ensordecedor, amplificado por las declaraciones grandilocuentes, en las diferentes emisoras de la CEDEAO / ECOWAS, se nos ha ofrecido un retorno al orden constitucional en Mali. Al creer la historia del retorno, hay que creer en el nacimiento de una nueva era en África, donde toda confiscación de la legitimidad popular está prohibida. Sobre todo porque el acuerdo marco negociado por el mediador de la CEDEAO precisa, basado en el espíritu de la constitución del 20 de febrero de 1992, los términos del proceso citando artículos de una importancia fundamental.

El proceso grotesco y absurdo representa, sea cual sea su justificación, para todos los demócratas africanos de Mali y de otros lugares, una derrota ideológica frente a la fuerza bruta, contra el compromiso de cualquier tipo por parte de las élites de Mali y frente a las peores depravaciones. Es además especialmente desolador y cínico que el padre de esta misma constitución sea al que se ha querido hacer salir, cuando después de dos lustros, debería salir mecánicamente como muy tarde el 8 de junio. Hay un ejemplo reciente en un país del África occidental, Mauritania, donde ocurrió lo mismo. A este efecto, el de Mali debería servir para enriquecer cualquier procedimiento judicial en la materia, y permitir una comparación útil.

En Mauritania, el presidente Ould Cheikh Abdallahi, democráticamente elegido, dimitió después de un golpe de fuerza dirigido por un militar a cargo de su seguridad y además, jefe de Estado Mayor del que acababa de expulsar. La naturaleza y las causas son las mismas: la brutalidad, la transgresión del derecho, y el pisoteo y confiscación de la legitimidad popular. Otro elemento de comparación es la existencia de un Acuerdo Marco, aunque para Mauritania, el lugar del asesinato es Dakar. Más sustancialmente, la esencia jurídica es la misma. El regreso al orden constitucional. La cuestión es ¿cómo? En los dos casos se prevé un interino, el presidente del Senado en Mauritania y el de la Asamblea Nacional para Mali. Por otro lado, ninguno de los dos presidentes interinos puede ejercer las prerrogativas del presidente que ha dimitido.

En Mali, está claramente escrito en la constitución que en caso de vacío, “no puede aplicar los artículos 38, 41, 42 y 50”. Estos artículos abordan particularmente el nombramiento del primer ministro, el jefe del gobierno y los ministros, el referéndum y la ratificación, la disolución y la toma de medidas excepcionales, en definitiva, antes de su dimisión efectiva, el presidente debe tomar todas estas decisiones, para un regreso a un verdadero orden constitucional.

En Mauritania, antes de dimitir, el presidente Uld Cheikh Abdallahi nombró el gobierno interino encargado de la dirección del periodo transitorio y excepcional y todo conforme a la constitución de su país. A pesar de nuestra firme condena del golpe de estado, todo el proceso se hizo conforme a la ley.

En Mali, no se puede decir lo mismo. Es una violación flagrante de la constitución, de las leyes y reglamentos en vigor. Es grotesco y engañoso hablar de otra cosa. La dimisión del presidente Touré, aceptada por él mismo para evitar el bloqueo y por amor a su país, no resuelve todo. Debería haber sido la culminación de un proceso claro, promulgado por la ley fundamental de Mali. En efecto, este acto importante y heroico del presidente Touré, mecanismo de activación de todo el proceso, debería haber ido precedido del nombramiento de un gobierno y de la toma de medidas excepcionales conforme a las disposiciones de la constitución del 25 de febrero de 1992, por el presidente que ha dimitido. En efecto, en su infinita sabiduría, el legislador de Mali supervisó todo el proceso para evitar que se tomaran medidas arriesgadas. El regreso al orden constitucional no será un eslogan o un último recurso. Es una mecánica basada en las normas que derivan de actos que funcionan igual que las muñecas encajables.

Tenida cuenta de la obra de teatro de mal gusto interpretada en el lugar de las prescripciones del ordenamiento jurídico de la República de Mali, todo es falso y anticonstitucional. El único gobierno legítimo de Mali es y sigue siendo el del presidente que dimitió, nombrado conforme a las disposiciones del artículo 38 de la constitución.

Por otra parte, los socios de desarrollo no han caído en esta trampa, y han suspendido sus créditos a Mali. El nuevo gobierno es más bien una estructura títere, es decir, que no merece la pena tomarlo en serio y pende de un hilo, en la medida en que, en ausencia de la fuerza del estado de derecho, está sometido a golpes de acordeón, asociados a un comportamiento incierto de una panda de aventureros.

El regreso al orden constitucional supone una recuperación de todo, según lo que dicta la constitución de Mali y conforme a la jurisprudencia mauritana. El gobierno nombrado por el presidente interino actúa de forma ilegal. Por lo tanto, en un momento u otro, sus miembros responderán de su prevaricación.

Irène COULIBALY

(L’Indicateur du Renouveau, Mali, 26-04-12)

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