Emisión de obligaciones del Estado argelino al 5% : ¿haram o bien halal?

17/03/2016 | AfroIslam

La caída del precio del petróleo (y del gas) está perjudicando a la economía argelina: al obtener muchos menos ingresos de los esperados en los presupuestos se encuentra con menos liquidez para, entre otras cosas, mantener las subvenciones que el Estado concede a la enseñanza, la educación, ciertos productos de primera necesidad, el transporte, la electricidad, el agua… e incluso el precio del carburante (¡qué ha pasado de 23 céntimos de euro a 32 céntimos de euros el litro de gasolina super!).

Para no recurrir al endeudamiento exterior (Argelia es de los pocos países sin deuda externa… de momento) las autoridades han lanzado una campaña de captación del ahorro nacional a través de obligaciones del Estado al 5% de interés. Y es aquí, curiosamente, dónde el problema comienza: el ministro argelino de economía, Abderahmane Benkhalfa, intenta convencer a la población argelina, empresarios y particulares, de que esta práctica no corresponde a la usura (condenada como haram por el islam) si no que se trata de un “reparto de beneficios” (lo cual es halal, autorizado por la religión).

halal_haram_int.jpgNo es la primera vez que la religión interviene (aunque sin el apoyo de las autoridades competentes) a la hora de decidir por parte del pueblo sencillo si tal o tal otra actividad es lícita-halal o no. Ya hace un año, el primer ministro argelino Abdelmalek Sella, tuvo que hacer frente a una polémica similar (los intereses se asimilaron a la usura) en el caso de los créditos concedidos para el autoempleo de los jóvenes. La religiosidad popular musulmana hizo que los jóvenes parados rechazaran masivamente el dispositivo de apoyo financiero que se les ofrecía, justamente por la ambigüedad que el término “intereses” generaba en las conciencias.

Recordemos que, desde el punto de vista jurídico musulmán, la casi totalidad de los jurisconsultos se decanta por la incompatibilidad para el creyente de participar o beneficiarse de ninguna actividad financiera en la que existan intereses de cualquier tipo. Claro que la usura condenada con la palabra árabe riba, no hace referencia al 5-10% si no a la práctica que consiste en abusar de la necesidad de una persona para hacerle aceptar un préstamo con un interés abusivo del 200%, 400% o 1.000%.

Fuentes: El Watan (Argelia) – Sami Aldeeb (Centro de Derecho Árabe y Musulmán)

[Editor de AfroIslam: José María Cantal Rivas]

[Fundación Sur]

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