La conquista del poder y la profesionalización de los partidos políticos en Madagascar

25/03/2013 | Crónicas y reportajes

Se deben acabar los grupos políticos formados por un puñado de afiliados. Con la nueva ley de partidos, en vigor desde 2011, los partidos políticos tendrán que contar al menos con 200 miembros en el momento de su creación y cumplir con otras condiciones que los lleven a la profesionalización.

En teoría, los partidos políticos cumplen dos funciones en la dinamización de la vida política. En primer lugar, son intermediarios entre los votantes y el poder: el partido elabora un programa que somete a los votantes. Si un partido determinado sale elegido, su programa pasará a formar parte del proyecto del gobierno, mientras que los partidos de la oposición ofrecerán soluciones alternativas al mismo. En segundo lugar, los partidos son estructuras institucionales que sirven para conquistar y ejercer el poder. En efecto, teóricamente, nadie puede presidir o gobernar solo: hacen falta ideas, proyectos, personas que formen parte de un equipo. Los miembros del partido elaboran un programa, ayudan a convencer a los votantes e intentan llegar al poder para ponerlo en práctica. La ley de partidos 2011-012 persigue profesionalizar los partidos políticos malgaches, exigiéndoles en primer lugar una serie de documentos fundacionales (unos estatutos y un reglamento de régimen interno que establezcan su organización interna, un programa político y un programa de educación cívica). Para poder registrarse como tal, un partido debe contar por lo menos con 200 miembros en el momento de su creación, debe poseer además un comité ejecutivo (cuya renovación se lleve a cabo periódicamente) y organizar al menos un congreso nacional cada cinco años. Asimismo, los partidos pueden recibir subvenciones del Estado y están obligados a presentar una memoria contable anual, aunque la aplicación de esta disposición legislativa que regula las modalidades precisas en que el Estado puede financiar a los partidos quede aún por definir por vía normativa.

Más allá de los candidatos Aunque, en el mundo desarrollado en que vivimos, el número de partidos políticos, su estructura y su estatus jurídico varíen de un país a otro, se da una tendencia a la bipolarización de la oferta política, que suele dividirse en derecha e izquierda, o en corriente conservadora y corriente progresista. Esencialmente esta bipolarización es consecuencia del bipartidismo y de un sistema electoral que hace que el partido que haya conseguido la mayoría de los escaños del parlamento sea el que gobierne o ejerza el control. En Madagascar, la aprobación de la ley de partidos y la regularización del estatus de la oposición, sientan las bases para la profesionalización de los partidos y, presumiblemente, para combatir el culto a los líderes y el exceso de personalización de que adolecen los partidos políticos. Sin embargo, aún queda mucho por hacer, tanto en lo que respecta al enfoque de los candidatos, como a las expectativas de los votantes, que deben exigirles menos conciertos y menos fiestas y más planteamientos concretos y específicos. Los votantes están hartos de candidatos que se muestran partidarios de la reducción de la pobreza y a favor del progreso. Pero, ¿de qué manera exactamente?, ¿a través de qué mecanismos?, ¿según qué escala de valores?, ¿con qué recursos? Si un candidato se declara partidario de la educación para todos, los votantes tenemos que preguntarles cómo: cómo se financiará, cómo se garantizará la calidad de la enseñanza, cómo se escolarizará a los niños, a todos –incluidos aquéllos que no tienen casa o los que viven en lugares apartados en el campo–, cómo se formará a los maestros, cómo se funcionarizará –llegado el caso– a los docentes cuyos sueldos corren a cargo de las asociaciones de padres de alumnos. En Madagascar, después de más de diez años con celebración de elecciones, entre 1996 y 2007, los votantes están preparados para ir más allá del perfil del candidato.

Basta ya de cambiar de chaqueta Según el artículo 25 de la ley de partidos 2011-012, cuando un diputado es elegido, debe optar entre permanecer como miembro del grupo parlamentario del partido por el que se ha presentado a las elecciones, o convertirse en independiente, en cuyo caso no está obligado a seguir las consignas de su partido, aunque no puede cambiar de formación, pues entonces perdería su acta de diputado. Asimismo, a todo diputado independiente que consigue un escaño se le permite entrar a formar parte del grupo parlamentario que él considere oportuno, si ésa es su decisión.

Debate democrático Con la ley que regula al estatus de la oposición, el líder oficial de ésta pasa a ser aquél que resulte designado por consenso de las diferentes agrupaciones políticas de la oposición, inmediatamente después de la celebración de las elecciones legislativas. Si las distintas agrupaciones políticas de la oposición no llegan a un acuerdo, el cargo de líder de la oposición recaerá en el de la formación de oposición que haya conseguido el mayor número de votos en dichas elecciones. El líder oficial de la oposición no tiene necesariamente que haber sido elegido diputado, pero una vez que ha sido designado líder oficial de la oposición, obtiene el acta de diputado y ocupa el escaño correspondiente en el Congreso. Por otra parte, el artículo 23 de esta ley del estatus de la oposición, establece que el líder oficial de la oposición y el primer ministro deben mantener un debate democrático el tercer viernes de cada mes de enero y el primer viernes de cada mes de julio de la legislatura. Asimismo, el líder de la oposición debe protagonizar periódicamente un debate retransmitido por las cadenas públicas de televisión con los miembros del ejecutivo.

Inscripción en el registro nacional de partidos Desde la promulgación de la nueva ley de partidos, éstos y cualquier otra organización política tienen la obligación de inscribirse en el registro nacional de partidos políticos y renovar anualmente dicha inscripción. En un principio, la ley preveía que los partidos se adecuaran a la nueva legislación y procedieran a su inscripción, según las nuevas disposiciones legales, en un plazo de doce meses tras la entrada en vigor de la ley. Sin embargo, como la mayoría de los partidos hizo caso omiso a esta prescripción, el consejo de ministros decidió en enero ampliar el plazo de inscripción de los partidos hasta la víspera de la fecha fijada para el inicio de la presentación de candidaturas a las elecciones.

Deberes ciudadanos Según reza el artículo 26 de la ley de partidos, éstos tienen la obligación de:

– Respetar escrupulosamente la Constitución, así como las demás leyes y reglamentos en vigor.

– Participar activamente en la regeneración de la vida pública.

– Formar a sus miembros.

– Concienciar a los ciudadanos para que participen en la vida pública y política.

– Someterse a un control de sus políticas. Según el artículo 27 de la misma ley, los partidos “deben evitar cualquier acto que incite al racismo, a la xenofobia o a la violencia, bajo pena de ilegalización y sin perjuicio de las acciones penales que se deriven de la autoría o complicidad en hechos delictivos”.

Sahondra Rabenarivo L’Express de Madagascar, 13/03/ 2013.

Traducido por Javier de Agustín

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